Fecha de Publicación: 25/04/1941
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA 

Artículo 14

   La Asamblea General se compondrá de todos los socios y realizará sesiones ordinarias y extraordinarias. 
   Las sesiones ordinarias tendrán lugar dentro de los tres meses del cierre del ejercicio social para considerar balances, inventarios y memorias que debe presentar el Consejo Directivo, y elegirán por simple mayoría de votos- si los Estatutos no señalaran otro sistema - los socios que integrarán el Consejo Directivo cuya duración no podrá exceder de dos años y que se renovará parcialmente. Nombrarán asimismo una Comisión Fiscal compuesta por tres socios.
   Las sesiones extraordinarias tendrán lugar cada vez que la Asamblea sea 
convocada por el Consejo Directivo, la Comisión Fiscal o la décima parte de los socios y solamente podrán tratarse en la misma los asuntos que figuran en la convocatoria.
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