Fecha de Publicación: 02/01/2006
Página: 3-A
Carilla: 5

FE DE ERRATAS

Decreto 339/005

En el Diario Oficial Nº 26.847 de fecha 5 de octubre de 2005 se publicó
el Decreto 339/005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de fecha
22 de setiembre de 2005, por el cual se establece que el convenio
colectivo suscrito en el Grupo Núm. 2 (Industria Frigorífica), Subgrupo
02 (Industria del Chacinado), rige con carácter nacional.

En dicha publicación se deslizaron los siguientes errores y omisiones
imputables al Diario Oficial:

En la página 73-A, primera columna, ARTICULO 1º del DECRETO:
donde dice: "...(Industrias Frigorífica),..."
debe decir: "...(Industria Frigorífica),..."

En la página 73-A, segunda columna, CLAUSULA SEGUNDA DEL CONVENIO. Ambito
de Aplicación:
donde dice: "...personal dependientes..."
debe decir: "...personal dependiente..."

En la página 74-A, primera columna, CLAUSULA SEPTIMA DEL CONVENIO.
Correctivo:
donde dice: "...pudiédose..."
debe decir: "...pudiéndose..."

En la página 74-A, primera columna, CLAUSULA SEPTIMA DEL CONVENIO.
Correctivo: Numeral 1.:
donde dice: "En caso de que índice de la variación..."
debe decir: "En caso de que el índice de la variación..."

Decreto 342/005

En el Diario Oficial Nº 26.847 de fecha 5 de octubre de 2005 se publicó
el Decreto 342/005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de fecha
22 de setiembre de 2005, por el cual se establece que el convenio
colectivo suscrito en el Grupo Núm. 2 (Industria Frigorífica), Subgrupo
01 (Industria Frigorífica), rige con carácter nacional.

En la página 78-A, segunda columna, CLAUSULA DECIMO PRIMERA DEL CONVENIO:
Medidas de prevención y solución de conflictos colectivos:

donde dice: "...Industrias Frigorífica,..."
debe decir:"....Industria Frigorífica,..."

Decreto 343/005

En el Diario Oficial Nº 26.847 de fecha 5 de octubre de 2005 se publicó
el Decreto 343/005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de fecha
22 de setiembre de 2005, por el cual se establece que el convenio
colectivo suscrito en el Grupo Núm. 2 (Industria Frigorífica), Subgrupo
03 (Industria Avícola), rige con carácter nacional.

En la página 79-A, primera columna, CLAUSULA TERCERA DEL ACUERDO, Literal
A, Numeral 3:
donde dice: "...2% por concepto de recuperación"
debe decir: "...2.00 % por concepto de recuperación"

En la página 79-A, segunda columna, CLAUSULA CUARTA DEL ACUERDO, entre el
acápite y el numeral 1:
donde dice: "1. SECCION PLAYA DE FAENA"
debe decir: "CATEGORIAS
                      1. SECCION PLAYA DE FAENA"

En la página 79-A, segunda columna, CLAUSULA QUINTA DEL ACUERDO, Numeral
3, CATEGORIA B, primer *:
donde dice "...operario que exclusivamente al atado de chorizo."
debe decir "...operario que exclusivamente se dedica al atado de
chorizo."


		
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