Fecha de Publicación: 09/12/2005
Página: 595-A
Carilla: 5

FE DE ERRATAS

                             Decreto 362/005

En el "Diario Oficial" Nº 26.864 de fecha 31 de octubre de 2005, se
publicó el Decreto 362/005, de fecha 3 de Octubre de 2005, del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social por el cual se establece que el Convenio
Colectivo suscrito en el Grupo Núm. 1 (Procesamiento y conservación de
alimentos, bebidas y tabaco), Subgrupo 11 (Bodegas), rige con carácter
nacional.

En dicha publicación se padeció el siguiente error imputable al
original:
En el acápite del ACTA:
donde dice: "...Subgrupo 10 "Bodegas"
debe decir: "...Subgrupo 11 "Bodegas"

En dicha publicación se padecieron los siguientes errores imputables al
Diario Oficial:
En el acápite del CONVENIO COLECTIVO:
donde dice: "... Richard Bentacnor"
debe decir: "... Richard Bentancor"

En la cláusula CUARTA, literal a):
donde dice: "...incremento salarial de 4,25%"
debe decir: "...incremento salarial de 4,28%"

En la cláusula QUINTA:
donde dice: " ...33,12 por hra"
debe decir: " ...33,12 por hora"

Quedan hechas las salvedades.

                             Decreto 368/005

En el "Diario Oficial" Nº 26.864 de fecha 31 de octubre de 2005, se
publicó el Decreto 368/005, de fecha 3 de octubre de 2005, del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social por el cual se establece que el Convenio
Colectivo suscrito en el Grupo Núm. 1 (Procesamiento y conservación de
alimentos, bebidas y tabaco), Subgrupo 12 (Fabricación de helados,
panaderías y confiterías con planta de elaboración, bombonerías,
fabricación de pastas frescas y catering), Capítulo Fábricas de Pastas
Frescas rige con carácter nacional.

En dicha publicación se padeció el siguiente error imputable al Diario
Oficial:
En la cláusula OCTAVA:
donde dice: " ...podrán equipar el mínimo salarial"
debe decir: " ...podrán equiparar el mínimo salarial"

Queda hecha la salvedad.

                             Decreto 369/005

En el "Diario Oficial" Nº 26.864 de fecha 31 de octubre de 2005, se
publicó el Decreto 369/005, de fecha 3 de octubre de 2005 del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social por el cual se establece que el Convenio
Colectivo suscrito en el Grupo Núm. 1 (Procesamiento y conservación de
alimentos, bebidas y tabaco), Subgrupo 07 (Dulces, chocolates, golosinas,
galletitas y alfajores, fideerías, panificadoras, yerba, café, té y otros
productos alimenticios), Capítulo Molinos de café y té rige con carácter
nacional.

En dicha publicación se padeció el siguiente error, imputable al Diario
Oficial:

En el acápite del ACTA:
donde dice: " ... Juan del Puerto"
debe decir: " ... Juan Del Puerto"

Queda hecha la salvedad.

                             Decreto 370/005

En el "Diario Oficial" Nº 26.864 de fecha 31 de octubre de 2005, se
publicó el Decreto 370/005, de fecha 3 de octubre de 2005 del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social por el cual se establece que el Convenio
Colectivo suscrito en el Grupo Núm. 1 (Procesamiento y conservación de
alimentos, bebidas y tabaco), Subgrupo 07 (Dulces, chocolates, golosinas,
galletitas y alfajores, fideerías, panificadoras, yerba, café, té y otros
productos alimenticios), Capítulo Fideerías, rige con carácter nacional.

En dicha publicación se padeció el siguiente error, imputable al Diario
Oficial:

En la cláusula  SEXTA, literal a),
donde dice: " ... ente instituciones"
debe decir: " ... entre instituciones"

Queda hecha la salvedad.

                             Decreto 403/005

En el "Diario Oficial" Nº 26.861 de fecha 26 de octubre de 2005, se
publicó el Decreto 403/005, de fecha 7 de octubre de 2005 del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social por el cual se establece que el Convenio
Colectivo suscrito en el Grupo Núm. 1 (Procesamiento y conservación de
alimentos, bebidas y tabaco), Subgrupo 13 (Tabacos y cigarrillos),
Capítulo Plantas de acopio y procesado de hojas de tabaco, rige con
carácter nacional.

En dicha publicación se padecieron los siguientes errores, imputables al
Diario Oficial:

En el artículo 1°:
donde dice: " ...suscrito 25 de julio de 2005"
debe decir: " ... suscrito el 25 de julio de 2005"

En el acápite del ACTA:
donde dice: "...empleadores y los y los Sres."
debe decir: "...empleadores y los Sres."

Quedan hechas las salvedades.
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