Fecha de Publicación: 27/07/1990
Página: 252-A
Carilla: 2

 ACLARACION

En la Ley 14.985, publicada en el ejemplar N° 20.663, en el artículo 71, Inciso B, donde dice: "...cargo mínimo..." debe decir: "...rango mínimo...", como establece el Registro Nacional de Leyes y Decretos año 1979, página 2.027.


		
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