Fecha de Publicación: 12/06/1985
Página: 454-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

   En el Diario Oficial de fecha 3 de mayo de 1985, se publicó el Decreto 566/984, por el cual se instrumentan las competencias y funcionamiento de las Fiscalías Letradas Nacionales de Aduana, deslizándose los siguentes errores imputables al taller imrpesor.
    En el artículo 1°, cuarta línea donde dice: "...mer Turno, de Tercer..."
   Debe decir: "...mer Turno, de Segundo Turno, de Tercer..."
   En el artículo 4°, segunda línea donde dice: "...decenla aproximadamente..."
   Debe decir: "...decenal aproximadamente..."
   En el artículo 5°, numeral 2°, sexta línea donde dice: Los numerales..."
   Debe decir: Los numerados..."

                       __________________


   En el Diario Oficial de fecha 21 de mayo de 1985, se publicó la resolución 6/985, por la cual se fijan las tasas de devolución de impuestos indirectos a aplicar sobre el valor FOB de exportación de diversos productos, padeciéndose los siguientes errores imputables al taller impresor.
   Se omitió la fecha del documento que debe decir:
   Montevideo, 9 de enero de 1985.
   En el Considerando está ilegible el siguiente texto:
   Considerando: I) Que el artículo 1° del decreto 3/983 establece..."
   En el artículo 1°, rubro 12.03.03.01, segunda línea donde dice:
   "...incluso f..."
   Debe decir: "...incluso forrajeras..."
   En el artículo 1°, rubro 17.01.XX.XX, primera línea debe decir:
   Azúcar de remolacha y de ..."

   Quedan hechas las salvedades.


		
		Ayuda