Fecha de Publicación: 30/08/1984
Página: 544-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

   En el "Diario Oficial" de fecha 20 de agosto de 1984, se publicó una resolución s/n, por la cual se dejan sin efecto disposiciones referentes a los cueros ovinos y se unifican en un solo cuerpo normativo, padeciéndose los siguientes errores imputables al taller impresor.

   En el apartado A) TIPOS DE CUEROS - línea tercera donde dice: 10-1-1
   Debe decir; 10-1-0

   En el apartado D) sexta línea donde dice:

   20-3-1      360     120    450   140   40    
    
   Debe decir:    20-3-1  120  450   140   40    0   

   En el numeral 6º, tercera línea donde dice: "...pedazos inferiores..."

   Debe decir: "... pedazos de errores inferiores ..."

                        ________________

   En el "Diario Oficial" de fecha 20 de agosto de 1984, se publicó el decreto 321/984, por el cual se modifica la fecha que los hoteleros, presenten ante la Dirección Nacional de Turismo la declaración jurada de las tarifas máximas, padeciéndose el siguiente error imputable al taller impresor.

   En el Considerando Apartado II) segunda línea donde dice: "... por concurso...",
   Debe decir: "...por consenso..."

                              ________________

   En el "Diario Oficial" de fecha 21 de agosto de 1984, se publicó el decreto 316/984, por la cual se excepciona del régimen establecido en el decreto 386/969, a los nacionales o ciudadanos de la República de Nicaragua, deslizándose el siguiente error imputable al taller impresor.

   En el artículo 1º segunda línea donde dice: "... decreto 386/979..."

   Debe decir: "... decreto 386/969..."

   Quedan hechas las salvedades,
   
   

   


		
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