En el "Diario Oficial" de fecha 21 de julio de 1982, se publicó la ley 15.300, por la cual se instrumenta la aplicación de sanciones pecuniarias a los infractores en la elaboración, comercialización y distribución de alcoholes o bebidas alcohólicas, deslizándose el seguiente error imputable a taller impresor.
En el artículo 3° tecera línea se repite el texto de la segunda línea que dice: "...del título, falta de legitimación pasiva, nulidad del acto declarada..."
Queda hecha la salvedad