En el "Diario Oficial" de fecha 30 de mayo de 1979, se publicó el decreto 264/979, por el cual se simplifican trámites para agilitar exportacionesde productos industrializados nacionales con insumos importadosen admisión temporaria, padeciéndose los siguientes errores imputables al original:
En el artículo1.o donde dice "con excepción de los contenedores se cursarán libremente", debe decir "con excepción de los contenedores, se cursaran libremente".
En el artículo 3.o donde dice: "Designación del producto a exportar": Denominación y codificación NADI", debe decir: "Designación del producto a exportar: Denominación y codificación NADE".
En el artículo 6.o donde dice "si existieran saldos pendientes, de exportación, éstos deberán ser exportados, industrializados", debe decir: "si existieran saldos pendientes de exportación, éstos deberán ser exportados industrializados".
En el artículo 6.o, el segundo literal es donde dice: "Al vencimiento de dicho plazo el mencionado Laboratorio comunicará al Banco de la República Oriental del Uruguay la forma como se desarroló la misma." En consecuencia debió escribirse en párrafo aparte.
-Quedan hechas las salvedades.