En el "Diario Oficial" de fecha 8 de agosto de 1978,
se publicó una resolución S/n, ampliatoria de otra de
fecha 18 de agosto de 1976, por la cual se fijaron por-
centajes de reintegros para los calzados elaborados con
cueros nacionales, presentando la publicación cierta ile-
gibilidad por la cual reiteramos que en el Atento,en la
tercera línea dice: "...artículo 3.o y en el artículo 1.o
en la primera línea de 18 de agosto...".
Quedan hechas las salvedades.