En el "Diario Oficial" de fecha 19 de mayo de 1975, se publicó el decreto 366/975, que dicta normas para la realización del Censo Laboral correspondiente al año 1974.
En dicha publicación se padeció el siguiente error:
En el artículo 6.o quinta línea, donde dice: "...para presentar la ficha precitada en un plazo de días..." debe decir: "...plazo, se duplicará la multa anterior, concediéndole 10 días...".
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En el ejemplar de fecha 26 de mayo de 1975 se publicó el decreto 16.852, que aprueba modificaciones del régimen de financiación y cobro de contribución de mejoras por obras de pavimento y saneamiento.
En dicha publicación se padeció el siguiente error:
En el artículo 5.o segunda línea donde dice: "...decreto 13/786 de 31 de julio de 1972, que quedará redactado", debe decir: "...decreto 15.706 de 31 de julio de 1972, que quedará redac...".
Quedan hechas las salvedades.