Fecha de Publicación: 24/06/1969
Página: 534-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

 En el "Diario Oficial" de fecha 27 de mayo de 1969 se publicó el decreto 243/969 por el que se aprueba el Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas y en cuya publicación se deslizaron los siguientes errores:
 
 En el Resultando 2do. donde dice: normas que quedan vigentes del Título XII... debe decir: normas que quedan vigentes del Título XIII...

 En el artículo 40, inciso a) hay una trasposición de líneas, debiendo leerse: Tribunal de Honor del Ejército, Marina o Fuerza Aérea.

 En el artículo 51, donde dice: por tres Miembros Titulares de las jerarquías..., debe decir: por tres Miembros Titulares elegidos de las jerarquías...

 En el artículo 54, inciso 2do. donde dice: en caso de no existir ninguna de estas condiciones...debe decir: en caso de no existir ninguno en estas condiciones...
 
 En el artículo 62, el inciso e) debe ser d) y el inciso f) debe ser e).

 En el artículo 63, inciso b) donde dice: otros camaradas del Ejército, debe decir: otros camaradas de las Fuerzas Armadas. El mismo error se repite en los incisos v), x) e y), del mismo artículo.

 En el artículo 64, donde dice: Hornor, debe decir: Honor.

 En el artículo 97, inciso d), donde dice: ¿afecta el honor de..., debe decir: ¿afecta el honor de las Fuerzas Armadas.

 En el artículo 106, donde dice: lo dispuesto en el artículo 108, debe decir: lo dispuesto en el artículo 108 D).

 En el artículo 108, inciso D), donde dice: cuando afecte el honor de ..., debe decir: cuando afecte el honor de las Fuerzas Armadas.

 En el artículo 119, quinta línea, donde dice: Ministerio de Defensa Nacional, debe decir: Ministro de Defensa Nacional.

 Y en el artículo 160, inciso b), donde dice: artículo 175, debe decir: artículo 176.

 Y en el artículo 164, donde dice: se considerará bajo palabra de honor, debe decir: se considerará hecha bajo palabra de honor.

 Y en el artículo 168, se omitió un inciso que debe decir: e) El Oficial que pudiendo hacerlo no cumpliere con los deberes que impone el presente Reglamento.

 En el artículo 181, donde dice: para los Oficiales en actividad y facultativo, debe decir: para todos los Oficiales en actividad cualquiera sea su jerarquía y facultativo.

 Y en el artículo 184, donde dice: consiste en la boleta, debe decir: consiste en una boleta...

 Quedan hechas las salvedades.


		
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