Fecha de Publicación: 20/01/1969
Página: 150-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

   En el "Diario Oficial" de fecha 31 de diciembre de 1968, se publicó en el numeral 11 el decreto 779/968, por el que se fija el tope máximo para las asignaciones a percibir por funcionarios de acuerdo al artículo 433 de la ley N.o 13.640. En dicha publicación se padeció el siguiente error: en el artículo 1.o, donde dice: "... en la cantidad de $ 57.902.16 mensuales ..." debe decir: "... en la cantidad de $ 63.635.29 mensuales ..."

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   En el mismo ejemplar, mumeral 12, se publicó el decreto 780/968, por el que se incorporan funcionarios del SOYP dentro de los Programas que se determinan. En dicha publicación se padeció el siguiente error: dentro del Programa Administración de la Política Económica Financiera del Estado: 5.01, debe agregarse: "Ernesto Vera Auxiliar 3.o - $ 8.790.00, 
$ 105.480.00.
   Hervert Ballesta Oficial 1.o - $ 11.850.00, $ 142.200.00.
   En el Programa Control Interno y Contabilidad General de la Administración Financiera del Estado. 5.02, debe suprimirse: "Hervert Ballesta, Oficial 1.o, $ 11.850, $ 142.200.00".

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   En el ejemplar de fecha 3 de enero de 1969, numeral 3 se publicó el decreto 797/968, por el que se fija el monto de los impuestos específicos o de monto fijo. En dicha publicación se padeció el siguiente error: En el artículo 1.o, apartado III, Impuesto a los Teléfonos, donde dice: "... por aparato y por semestre $ 2.00" debe decir: "... por aparato y por mes
$ 2.00".

   Quedan hechas las salvedades.



		
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