En el "Diario Oficial" de 28 de noviembre de 1961, se publicó un decreto por el que se declaran exoneradas de todo impuesto las
operaciones de exportación de carne enfriada, etc., el que apareció con
un error imputable al taller impresor.
En el Considerando, 2.a línea, donde dice: "...orudo lo dispuesto por el artículo 1.o de la ley N.o 12.560...", debió decir:"...cuando lo dispuesto por el artículo 1.o de la ley N.o 12.569", etc.
En el "Diario Oficial" de fecha 29 de noviembre de 1961, se publicó
la ley que modifica disposiciones sobre Juego de Azar habiendo sido publicada con errores imputables al taller impresor.
En el artículo 1.o se publicó incompleto. A su texto debe agregarse:
"Los Casinos de Rivera y Carmelo funcionarán durante todo el año".
En la misma ley (artículo 6.o) donde se inserta el artículo 1.o, de la ley del 8 de enero de 1958, que se modifica, 7.a línea, donde dice: "...ticulo 3.o de la ley N.o 11.913, de 3 de enero de 1953", debió decir: "ticulo 3.o de la ley N.o 11.913 de 9 de enero de 1953", etc.
Queda hecha la salvedad.