Fecha de Publicación: 20/11/1958
Página: 419-A
Carilla: 1

FE DE ERRATAS

   En el número 15.544 (10 de noviembre) se publicó en el numeral 8, una ley que establece un régimen de compensaciones para el personal del Molino San José, en la que se deslizó una omisión.
   En el artículo 14, segunda línea, donde dice: "integro", debió decir: "su integro".
   Error imputable al taller impresor.


   En el número 15.545 (11 de noviembre) en el numeral 7 se publicó una ley por la que se autoriza la ampliación de una Deuda para la realización de obras públicas en la ciudad de Mercedes, que apareció con un error.
   En el artículo 3.o, última línea, donde dice: "de las intervenciones hechas", debió decir: "de las inversiones hechas".


   En los números 15.541 y 15.544 (5 y 10 de noviembre) se publicó y reinsertó para salvar errores de la primera publicación, la ley 12.570, sobre Seguro de Paro, en la que se deslizó un error, imputable al original enviado a "Diario Oficial".
   En el artículo 16, primera línea, donde dice: "tuviere derecho subsidio", debió decir: "tuviere derecho al subsidio".


   En el número 15.550 (18 de noviembre) se publicó un decreto por el que se amplían disposiciones reglamentarias de la Ley 9.669, referentes a franquicias a Astilleros, Varaderos y Diques, en que se deslizó una omisión, imputable al taller impresor.
   En el artículo 4.o, cuarta línea, donde dice: "establecimiento por ", debió decir: "establecimiento en caso de ausencia por".

   Quedan hechas las salvedades.


		
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