{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "99" 
  ,"anioNorma" : 2006 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. VIGESIMO PRIMER PROTOCOLO ADICIONAL \r\nAL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 36" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2006/04/18/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/03/2006" 
  ,"fechaPublicacion" : "18/04/2006" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2006 
  ,"pagina" : 623 
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  ,"vistos" : " VISTO: El Vigésimo Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de\r\nComplementación Económica Nº 36, suscrito el 30 de septiembre de 2004\r\nentre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa\r\ndel Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del\r\nUruguay, Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de\r\nBolivia, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de\r\nMontevideo 1980;\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que el referido Acuerdo fue suscrito en aplicación a lo\r\nestablecido en el Acuerdo de Complementación Económica Nº 36 celebrado\r\nentre los Gobiernos de los Estados Partes del Mercosur y el Gobierno de\r\nla República de Bolivia de fecha 17 de diciembre de 1996, que establece\r\nla conformación de un Area de Libre Comercio;\r\n\r\nII) Que el citado instrumento es el resultado de las negociaciones entre\r\nla República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República\r\ndel Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del\r\nMERCOSUR y la República de Bolivia para la incorporación y ajuste de\r\npreferencias otorgadas en los anexos 2 y 7 del ACE No. 36;\r\n\r\nCONSIDERANDO: Lo establecido por el Decreto 663/985 de fecha 27 de\r\nnoviembre de 1985 y lo informado por la Delegación Permanente de la\r\nRepública Oriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  Apruébase la difusión del Vigésimo Primer Protocolo Adicional al Acuerdo\r\nde Complementación Económica Nº 36, suscrito el 30 de septiembre de 2004\r\nentre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa\r\ndel Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del\r\nUruguay, Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de\r\nBolivia, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de\r\nMontevideo 1980; (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/99-2006/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/99-2006/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, y dése cuenta a la Asamblea General.\r\n\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - MARTIN PONCE DE LEON - ERNESTO AGAZZI\r\n\r\n " 
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