TRANSITO ADUANERO DE CIGARRILLOS EN ZONA FRANCA




Promulgación: 21/03/2001
Publicación: 26/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 703

Artículo 2

 Los contenedores en tránsito que además de cigarrillos contengan 
cualquier otro tipo de mercaderías, se regirán por lo dispuesto en el 
artículo anterior.-
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