MODIFICACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1990. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS




Promulgación: 26/02/1991
Publicación: 14/05/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1991, presentados por la
Unidad Ejecutora 002 "Contaduría General de la Nación", del Programa 002
"Auditoría Interna y Contabilidad General de la Gestión Estatal" del
Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", la cual solicita ampliación
e incorporación de proyectos en el Plan de Inversiones Públicas de dicho
ejercicio.

   Considerando: I) Que los referidos proyectos se financiarán con
recursos extrapresupuestales y se hallan incluidos en los Preventivos
presentados;

   II) Que el proyecto de inversión cuya ampliación se solicita es el N°
781 "Construcciones, reparaciones y mejoras" en un monto de N$
164:770.000,00 (nuevos pesos ciento sesenta y cuatro millones setecientos
setenta mil), que fuera incorporado al Plan de Inversiones Públicas
ejercicio 1991 en la financiación 2.1 "Proventos actividad propia" por la
ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990;

   III) Que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado sus preventivos a
las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las demás
disposiciones que regulan la materia.

   Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto ley 14.416 de
28 de agosto de 1975 y 89 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con la
redacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 47 de la ley
15.903 de 10 de noviembre de 1987 y a lo informado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, la Contaduría General de la Nación y la
División Técnico-Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Amplíase en el Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1991 el proyecto
de inversión siguiente, en un monto total de N$ 164:770.000,00 (nuevos
pesos ciento sesenta y cuatro millones setecientos setenta mil), a
financiarse con recursos extrapresupuestales:

Inc.    Prog.        Unidad Ejecutora                    Monto en N$

 05     002          Cont. Gral. de la
                     Nación

                                PROYECTO
                     Const., rep. y mejoras
                     N° 781                              164:770.000,00

Artículo 2

   Incorpóranse al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1991, los
proyectos de inversión siguientes, por un monto total de N$ 202:087.358,00
(nuevos pesos doscientos dos millones ochenta y siete mil trescientos
cincuenta y ocho), a financiarse con recursos extrapresupuestales:

Inc.    Prog.        Unidad Ejecutora                  Monto en N$

05      002     002  Cont. Gral. de la
                     Nación

                               PROYECTOS

                     Máq., Equip. y Mob. número 709     177:875.358.00
                     Ins. de sist. aire acond.
                     p/servicios administrativos N°801   24:242.000.00 

Artículo 3

   Apruébanse los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1991,
presentados por la Unidad Ejecutora 002 "Contaduría General de la Nación",
del Programa 002 "Auditoría Interna y Contabilidad General de la Gestión
Estatal" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", por un monto
total de N$ 3.087:286.389,00 (nuevos pesos tres mil ochenta y siete
millones doscientos ochenta y seis mil trescientos ochenta y nueve), de
acuerdo a detalle consignado en anexo adjunto, que es parte integrante del
presente decreto. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.

Artículo 4

   Las versiones de los fondos que corresponden a Rentas Generales deberán
efectuarse trimestralmente y demostrarse en las respectivas Rendiciones de
Cuentas. 

Artículo 5

   Dése cuenta a la Asamblea General. 

Artículo 6

   Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación,
publíquese, etc.- 

LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA
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