{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "98" 
  ,"anioNorma" : 2006 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. VIGESIMO TERCER PROTOCOLO ADICIONAL \r\nAL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 36" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2006/04/18/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/03/2006" 
  ,"fechaPublicacion" : "18/04/2006" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2006 
  ,"pagina" : 620 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: El Vigésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de\r\nComplementación Económica N° 36, suscrito el 28 de diciembre de 2005\r\nentre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa\r\ndel Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del\r\nUruguay, Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de\r\nBolivia, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de\r\nMontevideo 1980;\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que el referido Acuerdo fue suscrito en aplicación a lo\r\nestablecido en el Acuerdo de Complementación Económica N° 36 celebrado\r\nentre los Gobiernos de los Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de\r\nla República de Bolivia de fecha 17 de diciembre de 1996, que establece\r\nla conformación de un Area de Libre Comercio;\r\n\r\nII) Que el citado instrumento es el resultado de las negociaciones entre\r\nla República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República\r\ndel Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del\r\nMERCOSUR y la República de Bolivia para la modificación del artículo 19\r\ndel ACE No. 36 en materia de draw back;\r\n\r\nCONSIDERANDO: Lo informado por la Delegación Permanente de la República\r\nOriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/98-2006/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el Vigésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de\r\nComplementación Económica N° 36, suscrito el 28 de diciembre de 2005\r\nentre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa\r\ndel Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del\r\nUruguay, Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de\r\nBolivia, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de\r\nMontevideo 1980; (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/98-2006/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/98-2006/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, y dése cuenta a la Asamblea General.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - MARTIN PONCE DE LEON - ERNESTO AGAZZI\r\n\r\n " 
 }