{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "OBRAS PUBLICAS - TRATADO DE ASUNCION - MERCADO COMUN DEL SUR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/06/05/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/03/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/06/1992" 
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  ,"pagina" : 194 
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  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#FF0000\">Derogada/o por:</font></b> Decreto Nº 502/993 de 25/11/1993 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/502-1993/12\" >12</a>.\r\n " 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/98-1992?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "    Visto: El Proyecto de Construcción de un Eje Vial para el Cono Sur.\r\n\r\n   Resultando: I) Que en el Comunicado Conjunto de la Primera reunión de\r\nJefes de Estado del MERCOSUR, realizada en Brasilia, el día 17 de\r\ndiciembre de 1991, los Presidentes de la República Argentina, de la\r\nRepública Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la\r\nRepública Oriental del Uruguay, declararon la intención de sus respectivos\r\nGobiernos, de considerar la construcción, por el sector privado, antes del\r\nfin de la presente década, de un Eje Vial para el Cono Sur.\r\n\r\n   II) Que este Eje Vial conectaría, en su primera etapa, las ciudades de\r\nPorto Alegre y Buenos Aires a través del Uruguay, y del Puente Buenos\r\nAires - Colonia pudiendo en una segunda etapa extenderse a Asunción, y a\r\nSantiago de Chile, conectándose así el Atlántico y el Pacífico,\r\n\r\n   III) Que de conformidad con lo expuesto, los Presidentes concordaron en\r\nconsiderar la construcción del referido Eje Vial a través de un concurso\r\ninternacional para la concesión de obra pública con intervención de\r\ncapital de riesgo privado, y en acelerar los trámites con vistas a la\r\nrealización de un estudio pormenorizado de factibilidad con apoyo de los\r\nOrganismos Internacionales Competentes.\r\n\r\n   IV) Que con posteridad, en Declaración Conjunta del Encuentro de\r\nPresidentes de la República Argentina y de la República Oriental del\r\nUruguay celebrado en la ciudad de Maldonado el día 27 de diciembre de\r\n1991, ambos Jefes de Estado reafirmaron el interés de sus Gobiernos en\r\nactivar los procedimientos para la construcción del Eje Vial para el Cono\r\nSur en los términos recogidos en el Comunicado Conjunto de los Presidentes\r\nde los Cuatro Países Integrantes del MERCOSUR, en ocasión de la reunión de\r\nsu Consejo el 17 de diciembre de 1991.\r\n\r\n   V) Que, asimismo en la referida Declaración Conjunta, ambos Jefes de\r\nEstado reafirmaron su determinación de adoptar los pasos necesarios para\r\nllevar adelante, fijando fechas, la obra binacional del Puente Buenos\r\nAires - Colonia convencidos de que siendo un eslabón del Eje Vial,\r\ncumpliría junto a éste un papel trascendental en el marco del proceso de\r\nintegración del MERCOSUR.\r\n\r\n   Considerando: I) Que, la construcción de un Eje Vial para el Cono Sur\r\nimplica una obra de gran significación para nuestro país y para el proceso\r\nde integración en el marco del Tratado de Asunción por lo que se estima\r\nconveniente la creación de una Comisión Nacional encargada de coordinar\r\nacciones y concretar dichos proyectos.\r\n\r\n   II) Que la decisión comunitaria de construir un Eje Vial para el Cono\r\nSur, hace necesario que los subsistemas de comunicación vial binacionales\r\no nacionales en curso de ejecución o a ejecutarse en el futuro, que\r\npudieran considerarse englobados en la obra regional por una elemental\r\nrazón de coordinación, deben conformarse con esta nueva directiva\r\npolítica, por lo que la Comisión Nacional a crearse debe tener la primacía\r\ninstitucional correspondiente.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto precedentemente,\r\n\r\n      El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
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  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - HECTOR GROS ESPIELL - IGNACIO DE\r\nPOSADAS MONTERO - IGNACIO RISSO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO\r\nGOÑI - EDUARDO ACHE - ENRIQUE ALVARO CARBONE - CARLOS E. DELPIAZZO - ALVARO RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - JOSE MARIA MIERES MURO\r\n " 
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