{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "98" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "DIA DE LA JUVENTUD AGRARIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/02/07/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/01/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/02/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 210 
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  ,"vistos" : "      Visto: el Congreso Nacional del Movimiento de la Juventud Agraria a\r\ncelebrarse en la ciudad de Durazno, en la primera quincena del mes de\r\nabril del presente año.\r\n\r\n     Resultando: I) Que el objeto del expresado evento es conmemorar los\r\n30 años de fundación del movimiento en el país;\r\n\r\n     II) Que las autoridades nacionales y departamentales han demostrado\r\nsu apoyo a la realización del aludido congreso, declarando las primeras\r\n\"de interés nacional\" su realización y patrocinando el evento las\r\nsegundas.\r\n\r\n     Considerando: I) Que el Poder Ejecutivo ha seguido, de cerca,\r\nsiempre, la trayectoria del Movimiento de la Juventud Agraria, el que en\r\nsu labor de promoción de los jóvenes del campo ha desarrollado una tarea\r\nde gran trascendencia en el ámbito rural, proporcionando la oportunidad a\r\nlos mismos de aplicar técnicas racionales de trabajo, inculcando la vida\r\nde asociación y la acción cooperativa, el desarrollo del empleo\r\ninteligente de los ratos de ocio, y el deseo constante de aprender y\r\nsuperarse;\r\n\r\n     II) Que la oportunidad de la celebración del Congreso que conmemora\r\nlos 30 años de la fundación del Movimiento con la participación de los\r\n120 clubes agrarios que funcionan en el país, es propicia para\r\ninstitucionalizar para el futuro un \"Día de la Juventud Agraria\".\r\n\r\n     Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo que dispone el artículo\r\n12, numeral 18 del decreto 574 de 12 de julio de 1974,\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/98-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Declárase que el día 5 de abril de cada año será el \"Día de la Juventud\r\nAgraria\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/98-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - FEDERICO SONEIRA - HECTOR E. ALBURQUERQUE\r\n " 
 }