Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El decreto del Poder Ejecutivo de fecha 7 de junio de 1990, por el que se creó la Comisión para el estudio de las reformas que fuere menester introducir al Código del Niño y Resolución del Ministerio de Educación y Cultura de fecha 24 de octubre de 1990 por la que se dispuso la integración de la misma;
Resultando: que por Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 7 de junio de 1990 se creó una Comisión con el cometido de estudiar las reformas que fuere menester introducir al Código del Niño, así como proponer, en el plazo originario de un año, a partir de su constitución el texto definitivo, que luego será sometido a consideración del Poder Legislativo;
Considerando: I) que la referida Comisión fue constituida y entró a
sesionar a partir del 24 de octubre de 1990, habiéndose prorrogado su
plazo en 1991 por un año más;
II) que, en consecuencia, el mero plazo de un año es de inminente
vencimiento;
III) que, debe reiterarse, la Comisión ha sesionado ordenadamente,
creando diversas subcomisiones y grupos de trabajo, a fin de aprovechar la
experiencia que permitirá culminar los importantes cometidos que se le
atribuyen y ha procedido a redactar importantes partes del indicado texto
legal;
IV) que no obstante el desempeño de los trabajos cumplidos por los
integrantes de la Comisión, no se ha podido culminar la labor, entre otras
circunstancias debido a que se ha considerado necesario escuchar a todos
los grupos, asociaciones, organismos y Comisiones Parlamentarias que
trabajan en el área de la Minoridad;
V) que la Comisión ya ha tratado todos los temas dentro del área de sus
cometidos y ha procedido a articular el texto definitivo. No obstante, se
hace necesario ampliar, por última vez, el plazo, a fin de culminar su
delicada tarea encomendada;
Atento: a lo dispuesto en el referido Decreto del Poder Ejecutivo
del 7 de junio de 1990,
El Presidente de la República
DECRETA:
Prorrógase el plazo de la Comisión que estudia las reformas del Código
del Niño por un año, a partir de la fecha, a fin de proyectar el texto
definitivo de dicho cuerpo legal que será sometido a la consideración del
Poder Legislativo.