{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "97" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION A DGI PARA PAGAR ASIGNACION FAMILIAR EXTRAORDINARIA. AÑO 1980\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/03/10/24" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/02/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/03/1980" 
  ,"vistos" : "    Visto: la iniciativa de la Dirección General de la Seguridad Social de pagar una asignación familiar extraordinaria, con motivo de la iniciación del año lectivo de 1980.\r\n\r\n   Considerando: I) Que dicha iniciativa tiene como objetivo contribuir \r\na los mayores gastos en el hogar del trabajador, derivado de la educación de sus hijos;\r\n\r\n   II) Que de acuerdo a lo expresado por dicha Dirección, la erogación \r\nque demanda el otorgamiento de la asignación extraordinaria propuesta, no afecta las prestaciones regulares.\r\n\r\n   Atento a lo expuesto,\r\n \r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA: \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/97-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase a la Dirección General de la Seguridad, a efectuar el pago de una asignación familiar extraordinaria de N$ 92,00 (nuevos pesos noventa y dos), por cada beneficiario escolar o de enseñanza media y por aquellos pre escolares que cumplan seis años al mes de mayo de 1980. \r\n\r\n\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/97-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Dicha Asignación Familiar extraordinaria se hará efectiva en el mes de marzo de 1980.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/97-1980/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.- \r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ.- CARLOS A. MAESO.- VALENTIN ARISMENDI. " 
 }