COMERCIO EXTERIOR. EXPORTACION DE OXIDOS RESIDUALES




Promulgación: 18/02/1971
Publicación: 26/02/1971

Resumen:

Autorízase la exportación de óxidos residuales de zinc cuyo contenido 
metálico sea superior al cinco por ciento provenientes de la recuperación
de cenizas, escorias, tierras de fundición, recortes, desperdicios, 
desechos, etc. de metales no ferrosos.

Artículo 3


		
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