{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "961" 
  ,"anioNorma" : 1973 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE IMPUESTOS. PRODUCTOS PORCINOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1973/11/23/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/11/1973" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/11/1973" 
  ,"vistos" : " Prorrógase lo dispuesto por el Decreto N° 745/973 relativo a la venta de\r\nproductos porcinos exceptuadas las de carne fresca, que se realicen desde\r\nla fecha de la norma de referencia hasta la finalización de la veda\r\nvacuna estarán gravadas por el impuesto al valor agregado a la tasa del\r\n5% (cinco por ciento). " 
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   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/961-1973/1" 
 ,"textoArticulo" : "  " 
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  ] 
  ,"firmantes" : "  " 
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