APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 10/03/1992
Publicación: 19/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: la necesidad de realizar una adecuación al presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración Nacional de Telecomunicaciones correspondiente al ejercicio
1991.

   Resultando: I) Que por decreto 423/991, de 16 de agosto de 1991, se
aprobó el Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras y de
Inversiones correspondiente al ejercicio 1991, a precios del período
setiembre-diciembre de 1990;

   II) Que el Directorio de la Administración Nacional de
Telecomunicaciones otorgó a sus funcionarios un aumento salarial del
17.66%, 17.0% y 20.0% con vigencia el 1º de enero, 1º de mayo y 1º de
setiembre respectivamente y un incremento del 11.03%, 31.02%, y del 29.03%
para los beneficios sociales que ajusten con el salario mínimo nacional;

  III) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 28 y
29 del decreto 423/991 ajustar las partidas de gastos tanto de
funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en
el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios promedio
de 1991, según su vigencia.

  Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el
Directorio de la Administración Nacional de Telecomunicaciones,así como
las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidos dentro de los
lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;

  II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice
el financiamiento de las mismas;

  III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.

   Atento: a lo expuesto precedentemente.

   El Presidente de la República,

                            DECRETA:

Artículo 1

    Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al
Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración Nacional de Telecomunicaciones correspondientes al
ejercicio 1991, de acuerdo con el siguiente detalle: 

I- RECURSOS                                       545.167:737,000
1. ingresos Propios                               539.759:817,000

- Del Giro            455.193:649.000
- Ajenos al Giro        5:193:943.000
- IVA Ventas           79.372:225.000            

2. Créditos Obtenidos                                5.407:920.000
- Nacionales         
- Del Exterior          5.407:920.000

II - PRESUPUESTO OPERATIVO                         270.026:108.112

Rubro      Denominación                                  N$ 

0    Retribuciones Servicios Personales                 50.388:253.419 
010  Directorio                         128:041.256 
011-021 Personal Presupuestado y 
     Contratado                      35.750:334.223
032  Prima por Antigüedad             5.364:709.069
033  Retribuciones ex-directores         48:863.997 
041  Pers. de Temporada                 109:393.564
042  Comp. Zona Balnearia               291:723.236
071  Aguinaldo                        4.293:843.094 
072  Horas Extras                     1.270:003.256
075  Adel. a Cta. (Cong.)                14:499,384
079  Cuota adicional                  1.480:374,440
081  Gtos. Represent.                    25:048.836
082  Quebranto de Caja                  138:364.792
083  Comp. p/docencia                    30:519.992
089  Otras Compens.                   1.317:986.492   
096  Licencias no gozadas               114:547.848

1 SERVICIOS NO PERSONALES                             134.862:841,000 
- Servicios Internac. de Comunicaciones   51.216:900,000
- Intereses y comisiones       28.799:610,000
- Gastos Varios                54.846:331,000     

2 MATERIALES Y ARTS. DE CONSUMO                     11.316:766,000
3 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO                    8.433:329,000
6 CARGAS LEGALES Y PRESTACIONES                     46.705:330,693
611 Imp. Nacionales       607:806,204
612 Imp. Municipales      956:121,045
613 Aporte Patronal Jubilatorio    14.891:251,927 
614 Ap. Ag Telefónicos y 
    Guardahilos                      631:714,323   
616 Ap. Pat. Seguro Accd. Trabajo    819:023,082
617 Dto. Nº 226/82                   607:806,204
619 Ley Nº 12761  Art. 76            245:379,314
623 Hogar Constituido              4.373:282,000
624 Asignación Familiar            1.013:997,920
628 Prima por Nac.                   165:734,400
631 Reintegro Cuota Mutual         5.011:425,909
632 Prestación por Alimentación   16.452:851,387
633 Reintegro Cuota Ap. Patronal                
    Seguro de Vida                    55:249.531
634 Reintegro de Cuota               791:316.288 
639 Otras Prestaciones                16:067,399             

7 TRANSFERENCIAS                                    18.319:088,000
  II OPERACIONES                                    93.010:764,000 

Rubro              Denominación         N$             N$

8  DESEMBOLSOS FINANCIEROS                          93.010:764,000
822 Amortización de Deuda Pública  85.081:360,000
891 IVA Compras                     7.929:404,000

IV PRESUPUESTO DE INVERSIONES                      125.798:654,000  

Rubro             Denominación                        N$  

0   Retrib. Serv. Personales                         3.294:588,000     
6   C. Leg. y Prest. Carácter Social                   932:996,000
3   Maquinaria, Equipo y Mobiliario                 64.847:574,000               
4   Adq. de Inmuebles y Adq. existentes                 82:030,000
5   Const. Adc. mejoras y Rep. Ext.                 56.641:466,000

  La apertura por proyecto fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros que forman parte de este
decreto. Los rubros 0 "retribución de Servicios Personales" y 6 "Cargas Legales y Prestaciones de Carácter Social", están expresados a precios promedio de 1991. Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización N$ 2.030.00 (nuevos Pesos dos mil treinta) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios promedio de 1991.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 96/992 de 
10/03/1992.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Dése cuenta a la Asamblea General.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - IGNACIO RISSO ABADIE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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