REGLAMENTACION DEL IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO




Promulgación: 21/02/1990
Publicación: 17/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 237
 Ver: TO 1996 (DGI) de 28/08/1996, Título 11
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - COMBUSTIBLES

Artículo 50

      Decreto 541/987.- Los combustibles que la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) suministre a la Administración
Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) para que esta atienda
requerimientos de acuerdo a Convenios de Interconexión Eléctrica con
paises limítrofes, estarán exonerados de conformidad con el decreto N°
541/987 de 16 de setiembre de 1987.
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