{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "95" 
  ,"anioNorma" : 1984 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE HORARIOS DE ATENCION AL PUBLICO EN LA ADMINISTRACION CENTRAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1984/03/14/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "01/03/1984" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/03/1984" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1984 
  ,"pagina" : 424 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: el decreto 452/983, de 2 de diciembre de 1983 que estableció\r\nel horario de verano en todas las reparticiones del Estado hasta el\r\ndía 11 de marzo de 1984.\r\n\r\nConsiderando: que es necesario fijar el correspondiente para la\r\ntemporada de invierno.\r\n\r\nAtento: a lo expuesto\r\n\r\n    El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                     DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Fíjase el horario que regirá para los funcionarios de la Administración\r\nCentral en el período comprendido entre el 12 de marzo de 1984 y el 16 de\r\ndiciembre de 1984 inclusive:\r\n\r\n a. Para el régimen de 6 horas de 12.00 a 18.00 horas\r\n b. Para el régimen de 8 horas de 12.00 a 20.00 horas.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/2" 
 ,"textoArticulo" : "   La atención al público en todos los casos se cumplirá entre la media\r\nhora después de iniciada la labor y una hora antes del cese de la misma.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/3" 
 ,"textoArticulo" : "   El Banco Central del Uruguay fijará previa las coordinaciones que\r\ncorrespondan, los horarios en las Instituciones Bancarias Oficiales y\r\nPrivadas, asegurando un mínimo de duración de cuatro horas de atención al\r\npúblico.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/4" 
 ,"textoArticulo" : "   La Administración Descentralizada y Municipal y las personas públicas no\r\nestatales, ajustarán su horario a los que se establecen por este decreto.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/4?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/5" 
 ,"textoArticulo" : "   Los Secretarios de Estado, Directorios y Directores de Servicios\r\nDescentralizados e Intendencias Municipales quedan facultados para\r\nestablecer horarios especiales a fin de contemplar necesidades de\r\nservicio.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/5?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/95-1984/6" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - JULIO CESAR RAPELA - CARLOS A. MAESO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS -\r\nJUSTO M. ALONSO - JUAN BAUTISTA SCHROEDER - FRANCISCO D. TOURREILLES -\r\nJUAN A. CHIARINO ROSSI - NESTOR J. BOLENTINI - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS\r\nMATTOS MOGLIA - ENRIQUE V. FRIGERIO\r\n " 
 }