Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Establécense disposiciones que deberá cumplir el transporte colectivo de pasajeros y de carga en todo el territorio nacional, fijando el límite máximo de velocidad permitida por carretera, sistema de paradas para ascenso y descenso de pasajeros, condiciones para la salida de ómnibus de refuerzo en líneas regulares interdepartamentales, porcentaje mínimo de pasajeros que deberán tener los ómnibus de excursiones de turismo, suspendiéndose por un año el trámite de nuevas solicitudes de líneas regulares de tráfico interdepartamental así como las prolongaciones de líneas actuales.