DUELO OFICIAL DE CARACTER NACIONAL. SEPELIO DE SU SANTIDAD FRANCISCO




Promulgación: 23/04/2025
Publicación: 28/04/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: que día 21 de abril de 2025 falleció su Santidad el Papa Francisco;

   RESULTANDO: I) que el Sumo Pontífice ha sido un incansable luchador por la paz y los derechos humanos;

   II) que su vida fue un ejemplo de generosidad, bondad y compromiso con la paz y el bienestar de los pueblos;

   CONSIDERANDO: que el gobierno de la República Oriental del Uruguay entiende procedente decretar duelo oficial el día del sepelio del máximo representante de la Iglesia Católica;

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Declárase duelo oficial el día del sepelio de su Santidad Francisco.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.

Artículo 2

   La Bandera Nacional permanecerá a media asta el día indicado en el artículo anterior en todos los edificios públicos, Embajadas de la República en el exterior, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra. 

Artículo 3

   Los organismos que integran la Administración Pública no realizarán actos oficiales el día referido en el Artículo 1°.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

   YAMANDÚ ORSI - CARLOS NEGRO - MARIO LUBETKIN - MARTÍN VALLCORBA - SANDRA LAZO - JOSÉ CARLOS MAHÍA - LUCÍA ETCHEVERRY - FERNANDA CARDONA - JUAN CASTILLO - CRISTINA LUSTEMBERG - ALFREDO FRATTI - PABLO MENONI - TAMARA PASEYRO - GONZALO CIVILA - EDGARDO ORTUÑO
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