{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "94" 
  ,"anioNorma" : 2013 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS Y DE PUESTOS DE TRABAJO, A REALIZAR POR PARTE DE LOS DISTINTOS INCISOS QUE INTEGRAN LA ADMNISTRACION\r\nCENTRAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2013/04/01/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/03/2013" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/04/2013" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2013 
  ,"pagina" : 470 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/94-2013?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: Lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 17.930, de 19 de\r\ndiciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 7° de la Ley N°\r\n18.719, de 27 de diciembre de 2010.\r\n\r\nRESULTANDO: Que las estructuras organizativas y de puestos de trabajo\r\nvigentes de los Incisos de la Administración Central, necesitan\r\nactualizarse en atención a los requerimientos del Estado para el\r\ncumplimiento de sus cometidos.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I- Que compete al Poder Ejecutivo en el marco del proceso de\r\nfortalecimiento institucional, fijar los criterios técnicos e\r\ninstrucciones para que los Incisos eleven para su aprobación sus proyectos\r\nde Estructura Organizativa y de Puestos de Trabajo.\r\n\r\nII - Que se pretende un Estado fuerte, ágil, dinámico, capaz de producir\r\ndesarrollo tanto en términos económicos como sociales, políticos y\r\nambientales, que esté al servicio de la sociedad y de la ciudadanía, que\r\nse adecue a las nuevas realidades y al cambio permanente.\r\n\r\nIII- Que para ello se requiere contar con otra forma de organización e\r\ninstrumentos de gestión adecuados\r\n\r\nIV- Que se cuenta con dictamen favorable de la Oficina Nacional del\r\nServicio Civil, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la\r\nContaduría General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas\r\ncompetencias.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto:\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n                     actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " Capítulo I. - De las Normas Técnicas relativas a las Estructuras \r\n                Organizativas, de Puestos de Trabajo y a su costeo y\r\n                financiación.<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/1" 
 ,"textoArticulo" : "  La formulación de las Estructuras Organizativas y de Puestos de Trabajo\r\nde cada Inciso deberá ajustarse a los siguientes principios orientadores y\r\ndirectrices técnicas:\r\n\r\nPrincipios Orientadores:\r\n\r\n*     Fortalecimiento del Estado.\r\n*     Consideración del ciudadano como mandante natural de los servicios\r\n      del Estado y de la población como receptor de las políticas\r\n      públicas.\r\n*     Incremento de la productividad y mejora de los servicios a la\r\n      población.\r\n*     Generación de ámbitos participativos en la organización, procurando\r\n      el involucramiento de los distintos actores.\r\n*     Optimización de los recursos y de los sistemas de información para\r\n      la toma de decisiones.\r\n*     Dinamismo de los procesos de toma de decisiones.\r\n*     Fluidez de las comunicaciones.\r\n*     Aplicación de tecnología e instrumentos de gestión tendientes a la\r\n      modernización de la Administración Pública.\r\n\r\nDirectrices técnicas:\r\n\r\n*     Diseñar las Estructuras Organizativas y de Puestos de Trabajo en\r\n      correspondencia con la Misión del Organismo, las Pautas Estratégicas\r\n      definidas por el Poder Ejecutivo y los respectivos Planes\r\n      Estratégicos de los Incisos.\r\n*     Simplificar el diseño organizativo, disminuyendo el nivel de\r\n      apertura de las Unidades Ejecutoras y Organizativas.\r\n*     Identificar y priorizar los cometidos sustantivos.\r\n*     Jerarquizar las Direcciones Generales de Secretaría, pautando las\r\n      acciones transversales a la organización.\r\n*     Identificar y racionalizar los servicios y los procesos que se\r\n      cumplen en cada Unidad Ejecutora.\r\n*     Dividir el trabajo y las actividades propias de las Unidades\r\n      Ejecutoras y Organizativas de modo de mantener un adecuado grado de\r\n      especialización.\r\n*     Determinar la línea jerárquica de la siguiente manera: el Área tiene\r\n      jerarquía superior a la División y ésta sobre el Departamento.\r\n      Manteniendo dicho principio, se puede dividir y subdividir sin\r\n      completar los tres niveles de apertura, comenzando por el inferior\r\n      (Departamento).\r\n*     Respetar el principio de oposición de intereses.\r\n*     Ajustar el ámbito de control de cada unidad a los requerimientos\r\n      técnicos.\r\n*     Determinar los puestos de trabajo (cargos y funciones de conducción)\r\n      necesarios, en correspondencia con la estructura organizativa y sus\r\n      cometidos.\r\n*     Definir los niveles o grados de los cargos, contemplando entre otros\r\n      los siguientes criterios: dificultad de la tarea, responsabilidad\r\n      exigida, saberes medidos a través del conocimiento y la pericia\r\n      requeridos.\r\n*     Definir las funciones de conducción contemplando la acción\r\n      directriz, el tipo de dirección, la dimensión de la dirección, la\r\n      responsabilidad por la administración y gestión de información y la\r\n      capacidad de liderazgo.\r\n*     Determinar el costo asociado a la puesta en funcionamiento de la\r\n      nueva estructura y su financiación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " Capítulo I. - De las Normas Técnicas relativas a las Estructuras \r\n                Organizativas, de Puestos de Trabajo y a su costeo y\r\n                financiación.<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Las directrices técnicas precedentes se aplicarán siguiendo los criterios\r\nestablecidos en la Guía de Trabajo - Formulación de Estructuras\r\nOrganizativas y de Puestos de Trabajo, que se anexa (*) y se considera parte integrante del presente decreto.\r\n\r\nCométese a la Oficina Nacional del Servicio Civil. la Oficina de\r\nPlaneamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación a\r\nactualizar el referido documento.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/94-2013#ANEXO\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " Capítulo I. - De las Normas Técnicas relativas a las Estructuras \r\n                Organizativas, de Puestos de Trabajo y a su costeo y\r\n                financiación.<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Se considera Unidad Ejecutora aquella que ejecuta programas para el\r\ncumplimiento de los cometidos del Inciso y el logro de objetivos concretos\r\nestablecidos en el plan estratégico, ofreciendo bienes o servicios\r\nespecíficos destinados a terceros (ciudadanía, otras Unidades Ejecutoras u\r\norganismos). Las Direcciones Generales de Secretaría o sus equivalentes,\r\nagruparán bajo su órbita los servicios de apoyo del Inciso, sin perjuicio\r\nde la descentralización que por razones de funcionamiento deban realizar\r\nen las respectivas Unidades Ejecutoras sustantivas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " Capítulo I. - De las Normas Técnicas relativas a las Estructuras \r\n                Organizativas, de Puestos de Trabajo y a su costeo y\r\n                financiación.<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Se consideran Unidades Organizativas dentro de cada Unidad Ejecutora, las\r\npartes de la misma caracterizadas por ser componentes estructurales\r\ndefinidos por la homogeneidad de cometidos y atribuciones, ya sean de\r\nlínea jerárquica o de asesoramiento directo y por tener un volumen de\r\ntrabajo que justifique una productividad y eficacia suficiente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " Capítulo I. - De las Normas Técnicas relativas a las Estructuras \r\n                Organizativas, de Puestos de Trabajo y a su costeo y\r\n                financiación.<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Los niveles de apertura de las Unidades Organizativas dependerán de la\r\ndimensión y complejidad de las tareas a realizar, y de la responsabilidad\r\npor la administración y gestión de información a su cargo. Serán\r\ndeterminados a través de la complejidad de las tareas que desarrollen la\r\nmayoría de los puestos, sus grados de estandarización y de rutina, la\r\nproblemática y las dificultades de ejecución de las tareas claves, la\r\nprofundidad y amplitud de la información, la trascendencia de los temas,\r\nla reserva que éstos requieren y la cantidad de puestos de trabajo que\r\ndirecta o indirectamente dependan de su gestión.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " Capítulo I. - De las Normas Técnicas relativas a las Estructuras \r\n                Organizativas, de Puestos de Trabajo y a su costeo y\r\n                financiación.<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/6" 
 ,"textoArticulo" : "  La reformulación de las estructuras organizativas deberá contener la\r\ncreación, reordenamiento, fusión, supresión o cambio de denominación o\r\nnivel de las Unidades Organizativas, a fin de ajustarse a lo establecido\r\nen las disposiciones precedentes.\r\n\r\n               \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " Capítulo II - De las normas de procedimiento<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/7" 
 ,"textoArticulo" : "  La Dirección General de Secretaría del Inciso elaborará un informe que\r\ncontenga la propuesta de reformulación de las estructuras organizativas y\r\nde puestos de trabajo de todas las Unidades Ejecutoras, el costo asociado\r\ny el plan de implementación que deberá estar ajustado a su financiamiento.\r\nEl informe se realizará de acuerdo a los principios orientadores,\r\ndirectrices técnicas, criterios y procedimientos establecidos por este\r\ndecreto, acompañándose con los antecedentes, las actuaciones realizadas y\r\nlas actas respectivas.\r\n\r\nUna vez obtenido el aval del Jerarca máximo del Inciso, se remitirá a la\r\nOficina Nacional del Servicio Civil, conjuntamente con el Proyecto de\r\nDecreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/8" 
 ,"textoArticulo" : "  La Oficina Nacional del Servicio Civil conjuntamente con la Oficina de\r\nPlaneamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación en el\r\námbito de sus respectivas competencias, analizarán y elaborarán un\r\ndictamen favorable en base a los informes técnicos elaborados por los\r\nrespectivos Organismos, el cual será enviado al Inciso.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "9" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 9" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/9" 
 ,"textoArticulo" : "  El Proyecto de Decreto, con los antecedentes y el dictamen favorable\r\nmencionado en el artículo anterior, serán elevados por el Inciso\r\nrespectivo a consideración del Poder Ejecutivo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "10" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 10" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/10" 
 ,"textoArticulo" : "  Derógase el Decreto N° 186/996 del 16 de mayo de 1996.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "11" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 11" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/94-2013/11" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - ROBERTO CONDE - LUIS PORTO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - PABLO GENTA - ROBERTO KREIMERMAN -\r\nNELSON LOUSTAUNAU - SUSANA MUÑIZ - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER " 
 }