APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1992




Promulgación: 24/02/1993
Publicación: 19/03/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 57

    El Directorio de las Obras Sanitarias del Estado, podrá conceder otras 
compensaciones especiales a sus funcionarios con el límite máximo del 
renglón 061.304.- Este concepto se incrementará en ocasión y en el mismo 
porcentaje en que lo hagan los salarios de la actividad pública. 

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