TARJETA DE TURISTA. REGULACION




Promulgación: 30/10/1973
Publicación: 06/11/1973

Resumen:

Modifícase el artículo 2 del Decreto Nº 97/972 que implementó la Tarjeta de Turista estableciendo que la Dirección de Migración o las empresas de transporte de pasajeros entregarán dicho documento a los extranjeros que entren al país en carácter temporario quienes deberán siempre llevarla con ellos a fin de exhibirla a las autoridades si les es solicitada. Dispónese las formalidades y el tiempo de validez de dicha tarjeta.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 505/989 de 
07/11/1989.

Artículo 1



		
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