REGLAMENTACION DEL ART. 149 DE LA LEY 18.719 RELATIVO A LA ESTANDARIZACION DE LOS NOMBRES DE DOMINIO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL, PARA TODOS LOS SERVICIOS VINCULADOS CON INTERNET




Promulgación: 07/04/2014
Publicación: 24/04/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 462
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 149.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Los organismos de la Administración Central deberán presentar a AGESIC un
Plan de Acción para el cumplimiento de las disposiciones de este Decreto,
en el plazo de 90 días desde su publicación.
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