MODIFICACION DEL DECRETO 277/008, EL CUAL REGULA LA SOLICITUD DE IMPORTACION DE KITS DE VEHICULOS AUTOMOTORES PARA EL ENSAMBLAJE DE KITS DE AUTOPARTES




Promulgación: 13/03/2023
Publicación: 21/03/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 277/008 de 9 de junio de 2008, que regula la solicitud de importación de kits de vehículos automotores para el ensamblado de Kits de Autopartes, normas concordantes y complementarias;

   RESULTANDO: I) que la aplicación de los compromisos asumidos en el ámbito de la Organización Mundial de Comercio otorgan los instrumentos necesarios para el control de los flujos de comercio;

   II) que el Código Aduanero aprobado por la Ley N° 19.276, de 19 de setiembre de 2014, prevé la aplicación de controles aduaneros de conformidad con los compromisos asumidos;

   III) que en virtud de lo anterior, se han adoptado normas y procesos en la modernización aduanera que imponen la digitalización y celeridad de las operaciones de comercio, garantizando la veracidad de los mismos;

   IV) la importancia de avanzar en medidas de facilitación de comercio que permitan optimizar los flujos de comercio;

   CONSIDERANDO: que la temática planteada debe ser abordada desde una perspectiva actualizada desde las consideraciones del avance en la normativa del comercio internacional;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 277/008 de 09/06/2008 
artículo 4.

Artículo 2

   Deróganse los artículos 5 y 6 del Decreto N° 277/008 de 9 de junio de 2008.

Artículo 3

   Comuníquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE
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