El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), expenderá
certificados-guía de circulación de uva, únicamente a los viticultores que
se hallen inscriptos en el Registro de Empresas a que se hace referencia
en el decreto 336/983, de 21 de setiembre de 1983, así como las personas
autorizadas a representarlos. Dichos documentos, serán intransferibles
pudiendo ser utilizados únicamente para circular la uva del viticultor al
que se le expidió y que provenga del viñedo para el cual fue entregado.