OBRAS PUBLICAS. VEHICULOS AUTOMOTORES. ADMISION TEMPORARIA




Promulgación: 25/10/1973
Publicación: 01/11/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Declárase que los vehículos automotores introducidos al país en forma temporaria por las empresas, funcionarios, o técnicos que presten funciones relacionadas con la construcción del puente Fray Bentos Puerto Unzué relacionados en el Decreto N° 678/972, pueden permanecer en territorio nacional hasta seis meses después de la recepción provisoria de la obra, establécese el contralor que se realizará del cumplimiento de esta disposición por parte de la Dirección Nacional de Aduanas.

Artículo 1



		
		Ayuda