MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 1987




Promulgación: 28/12/1988
Publicación: 22/02/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la gestión de la Dirección General de Casinos solicitando autorización para renovar el contrato de arrendamiento del inmueble ocupado por sus oficinas centrales en la planta baja y entrepiso del edificio sito en la Avenida del Libertador, Brigadier General Juan
Antonio Lavalleja 1525, propiedad del Lincoln Sociedad Anónima Comercial
e Inmobiliaria.

   Resultando: I) Que la Dirección General de Casinos ocupa el local de referencia desde 1981, venciendo el contrato anterior con fecha 22 de julio de 1987;

   II) Que la vigencia del contrato será de dos años a contar del 23 de julio de 1987, por el precio de N$ 300.000.00 (nuevos pesos trescientos mil) mensuales para el primer año, reajustándose anualmente a partir del 1º de agosto de 1988;

   III) Que los arrendamientos devengados en los ejercicios 1987 y 1988 ascienden a N$ 131.820.00 (nuevos pesos ciento treinta y un mil ochocientos veinte) y N$ 3:600.000.00 (nuevos pesos tres millones seiscientos mil) respectivamente y serán atendidos con cargo a los fondos de proventos, depositados en la cuenta 213 por la Dirección General de Casinos, imputándose a los presupuestos correspondientes a dichos años.

   Considerando: I) Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 513 y 514 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987;

   II) Que el proyecto de contrato tipo no contiene cláusula que viole 
el orden público instituido en el estatuto arrendaticio, artículo 117 del decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974;

   III) Que es necesario modificar el Presupuesto Operativo de la Dirección General de Casinos correspondiente al Ejercicio 1987 a fin de dar cumplimiento al contrato a celebrarse con Lincoln S.A.;

   IV) Que el Tribunal de cuentas de la República ha observado el gasto, por cuanto el mismo se comprometió sin preverse en el presupuesto correspondiente así como no puede modificarse el presupuesto una vez vencido el ejercicio;

   V) Que al no haberse firmado el contrato respectivo, no se pudo presupuestar el incremento del gasto correspondiente al ejercicio 1987;

   VI) Que en base a los fundamentos expuestos el Poder Ejecutivo 
haciendo uso de la facultad que le confiere el literal B) de artículo 
211 de la Constitución de la República, deberá insistir en el gasto.

   Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, la Asesoría Técnico Financiera y la División Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas,

   El presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase el Presupuesto 1987 de la Dirección General de Casinos Unidad Ejecutora 013 del Programa 001 Inciso 5 Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por decreto 435/987 de 20 de agosto de 1987 en el Rubro 3.00 por N$ 131.820.00 (nuevos pesos ciento treinta y un mil ochocientos veinte) a efectos de atender el arriendo del edificio Sede de la 
Dirección citada.

Artículo 2

   Autorízase a la Dirección General de Casinos a celebrar contrato de arrendamiento con Lincoln Sociedad Anónima, Comercial e Inmobiliaria, por el inmueble ocupado por sus oficinas centrales en la planta baja y entrepiso del edificio sito en la avenida del Libertador Brigadier 
General Juan Antonio Lavalleja 1525 y por ende insístese en el gasto. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.

Artículo 3

   El plazo de vigencia del contrato es de dos años a partir del 23 de julio de 1987, por el precio de N$ 300.000.00 (nuevos pesos trescientos mil) mensuales para el primer año, reajustándose anualmente a partir del 1º de agosto de 1988.

Artículo 4

   La erogación que se autoriza en el artículo 2º del presente decreto,
se atenderá con cargo al Rubro 3.00 del Programa 001 del Presupuesto de
la Dirección General de Casinos, años 1987 y 1988 respectivamente.

Artículo 5

   Comuníquese, dése cuenta al Tribunal de Cuentas de la República y pase a sus efectos a la Dirección General de Casinos.-

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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