{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "900" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE LA REGLAMENTACION DE LA LEY ORGANICA POLICIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/12/02/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/11/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/12/1975" 
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  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 1418 
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  ,"vistos" : " Visto: I) Que por decreto 914 de fecha 19 de noviembre de 1974, se\r\nmodificaron los artículos 32º y 34º del decreto 638 de fecha 5 de octubre\r\nde 1971 (Reglamento número 12);\r\n\r\nII) Que el artículo 32, literal A) y a) se refieren exclusivamente a la\r\nmanera de apreciar y valorar la antigüedad policial o tiempo de servicio\r\nprestados desde su ingreso, sin interrupciones, etc.\r\n\r\nResultando: I) Que dicho procedimiento se encuentra algo reñido o no\r\nacorde con los esfuerzos de equidad o de igualdad que deben realizar los\r\nfuncionarios y que deben ser juzgados por las respectivas Juntas de\r\nCalificaciones en sus diferentes categorías o clasificaciones;\r\n\r\nII) Que el límite a tener en cuenta, debe ser el momento que se ingresa a\r\ncada categoría (Oficiales o Personal Subalterno), por representar\r\nactividades y esfuerzos valorados por normas distintas y tareas también\r\ndistintas.\r\n\r\nConsiderando: I) Que si el funcionario considerado, disponía de Servicios\r\nanteriores a su ingreso a la categoría de Oficial, le podrán servir para\r\nincrementar los años de su Retiro, pero nunca para competir con los que\r\nhan ingresado de civiles directamente a la Escuela y luego egresan juntos\r\nde Oficiales de la misma Escuela, por haberse realizado en ésta su\r\nconfrontación profesional total;\r\n\r\nII) Que la modificación que se propone, está íntimamente de acuerdo con la\r\nfilosofía del artículo 45º de la Ley Orgánica Policial, entendiéndola en\r\ncada categoría.\r\n\r\nAtento: a lo expuesto,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 914/974 de 19/11/1974 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/914-1974/1\" >1</a>.\r\n" 
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  ,"firmantes" : " BORDABERRY - HUGO LINARES BRUM\r\n " 
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