{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "90" 
  ,"anioNorma" : 2014 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. ROCHA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2014/04/22/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/04/2014" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/04/2014" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2014 
  ,"pagina" : 472 
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  ,"vistos" : " VISTO: la gestión realizada por la Administración Nacional de\r\nTelecomunicaciones (ANTEL), por la que solicita se designe para ser\r\nexpropiado parte del padrón N° 59.245, ubicado en la 10ª Sección Catastral\r\ndel departamento de Rocha, Paraje Valizas.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que en el inmueble de referencia está instalada una\r\nradiobase de telefonía celular, y el mismo fue arrendado por ANTEL por un\r\nplazo de cinco años contados a partir del 16 de agosto de 2006, estando en\r\nconsecuencia dicho plazo vencido;\r\n\r\nII) que la Dirección Nacional de Catastro tasó la fracción a adquirir en\r\nUI 39.438 (treinta y nueve mil cuatrocientas treinta y ocho unidades\r\nindexadas), equivalentes a $ 92.000 (pesos uruguayos noventa y dos mil),\r\nal 1° de febrero de 2012;\r\n\r\nIII) que las Áreas Técnicas de ANTEL informaron que es imprescindible\r\ncontar con dicha radiobase para brindar servicios de telecomunicaciones a\r\nlos pobladores de la zona, no contando con otro bien que pueda brindar las\r\nmismas características de calidad de servicio y nivel de señal para\r\nasegurar las comunicaciones de voz y datos;\r\n\r\nIV) que por tal motivo se envió a los propietarios de la fracción un TCCPC\r\ncon una propuesta de compra por el valor fijado por la Dirección Nacional\r\nde Catastro, quienes contestaron no tener interés en la venta.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y\r\nFinanzas entiende que no existen objeciones de legalidad que formular, por\r\nlo que nada obsta al dictado \"del decreto de expropiación pertinente;\r\n\r\nII) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y\r\nMinería, de acuerdo a lo solicitado por ANTEL y a lo informado\r\nprecedentemente, sugiere el dictado del decreto correspondiente.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto por el art. 32 de la Constitución de\r\nla República y las disposiciones de la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912\r\ny sus modificativas.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/90-2014/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de\r\nTelecomunicaciones, parte del Padrón N° 59.245 ubicado en la 10ª Sección\r\nCatastral del departamento de Rocha, Paraje Valizas, donde está instalada\r\nuna radiobase de telefonía celular.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/90-2014/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, y siga a la Administración Nacional de\r\nTelecomunicaciones a sus efectos.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - MARIO BERGARA " 
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