EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. ROCHA




Promulgación: 08/04/2014
Publicación: 22/04/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 472
VISTO: la gestión realizada por la Administración Nacional de
Telecomunicaciones (ANTEL), por la que solicita se designe para ser
expropiado parte del padrón N° 59.245, ubicado en la 10ª Sección Catastral
del departamento de Rocha, Paraje Valizas.

RESULTANDO: I) que en el inmueble de referencia está instalada una
radiobase de telefonía celular, y el mismo fue arrendado por ANTEL por un
plazo de cinco años contados a partir del 16 de agosto de 2006, estando en
consecuencia dicho plazo vencido;

II) que la Dirección Nacional de Catastro tasó la fracción a adquirir en
UI 39.438 (treinta y nueve mil cuatrocientas treinta y ocho unidades
indexadas), equivalentes a $ 92.000 (pesos uruguayos noventa y dos mil),
al 1° de febrero de 2012;

III) que las Áreas Técnicas de ANTEL informaron que es imprescindible
contar con dicha radiobase para brindar servicios de telecomunicaciones a
los pobladores de la zona, no contando con otro bien que pueda brindar las
mismas características de calidad de servicio y nivel de señal para
asegurar las comunicaciones de voz y datos;

IV) que por tal motivo se envió a los propietarios de la fracción un TCCPC
con una propuesta de compra por el valor fijado por la Dirección Nacional
de Catastro, quienes contestaron no tener interés en la venta.

CONSIDERANDO: I) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas entiende que no existen objeciones de legalidad que formular, por
lo que nada obsta al dictado "del decreto de expropiación pertinente;

II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, de acuerdo a lo solicitado por ANTEL y a lo informado
precedentemente, sugiere el dictado del decreto correspondiente.

ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto por el art. 32 de la Constitución de
la República y las disposiciones de la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912
y sus modificativas.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de
Telecomunicaciones, parte del Padrón N° 59.245 ubicado en la 10ª Sección
Catastral del departamento de Rocha, Paraje Valizas, donde está instalada
una radiobase de telefonía celular.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, y siga a la Administración Nacional de
Telecomunicaciones a sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - MARIO BERGARA
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