{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "9" 
  ,"anioNorma" : 2020 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE LA BASE DE PRESTACIONES Y CONTRIBUCIONES (BPC). ENERO 2020" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2020/01/22/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/01/2020" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/01/2020" 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/9-2020?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004.\r\n\r\n   RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que el valor fue fijado por Decreto N° 17/019 del 11 de enero de 2019 en $ 4.154,00 (pesos uruguayos cuatro mil ciento cincuenta y cuatro).\r\n\r\n   II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo en un 8,79% (ocho con setenta y nueve por ciento).\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas legales citadas,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/9-2020/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2020, en $ 4519,00 (pesos uruguayos cuatro mil quinientos diecinueve).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/9-2020/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - ERNESTO MURRO " 
 }