REGLAMENTACION DE LA LUCHA CONTRA LA GARRAPATA COMUN DEL BOVINO




Promulgación: 12/01/2010
Publicación: 25/01/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 58
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.268 de 17/04/2008.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

 Todo propietario o tenedor de ganado a cualquier título de predios
interdictos, deberá realizar el saneamiento del mismo, de acuerdo a un
plan diseñado por un veterinario de libre ejercicio habilitado o
acreditado cuando corresponda. Dicho plan, deberá ser aprobado por el
Servicio Sanitario Oficial de jurisdicción del predio, dentro de los
plazos y de acuerdo a las condiciones que se establecerán a tales efectos.
El Servicio Sanitario Oficial, realizará el control del avance de dicho
plan.
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