EMPLEADOS PRIVADOS. ACTIVIDAD PRIVADA. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONVENIOS LABORALES. GRUPO Nº 12. INDUSTRIA DE LA VESTIMENTA Y AFINES. SUBGRUPO TRABAJO A DOMICILIO EN GENERAL EXCEPTO SASTRERIAS. TARIFAS PARA ROPA EXTERIOR DE HOMBRES
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Los precios de los bienes y/o servicios de la actividad privada no podrán ser incrementados en más de un 14% de la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa por concepto del incremento de los ingresos del personal otorgado por el presente decreto.