REFUERZO DE RUBROS PRESUPUESTALES. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. MISIONES AL EXTERIOR. EJERCICIO 1989




Promulgación: 28/12/1988
Publicación: 21/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 1241
    Visto: el decreto de fecha 28 de diciembre de 1988, que establece el
refuerzo de ribros en los renglones respectivos, para atender los gastos
que demanden las misiones al exterior de los funcionarios de la
Administración Central, durante el ejercicio 1989.

    Resultando: que el Poder Ejecutivo en acuerdo con el Ministerio de
Economía y Finanzas, previo informe de la Contaduría General de la Nación,
determina los refuerzos respectivos con cargo al artículo 29 del decreto
ley 14.754 de 5 de enero de 1978.

    Atento: a lo informado por el Ministerio de Economía y Finanzas y
Contaduría General de la Nación y a lo preceptuado por el artículo 9 de la
ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987,

                      El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

    Fíjase para el ejercicio 1989, el refuerzo de Rubros a que refiere  el
artículo 2 del decreto de 28 de diciembre de 1988 del Inciso 06
"Ministerio de Relaciones Exteriores" en un monto equivalente a U$S
250.000,00 (doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de
América).

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - LUIS BARRIOS TASSANO
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