Visto: lo establecido en el decreto 994/973, de fecha 22 de noviembre de
1973,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Amplíase lo establecido en el decreto 994/973, de 22 de noviembre de 1973,
disponiéndose que en los casos en que se presenten dificultades en la
firma de los Convenios de Licencia, el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, a solicitud fundada de las empresas autorizará la realización de
plesbicitos a través de la Dirección de Regulación del Salario y
Relaciones Laborales -Programa 13.04 del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social.