DEVOLUCION DEL IVA A PRODUCTORES DE LECHE, ARROZ, FLORES, FRUTAS Y HORTALIZAS Y A PRODUCTORES APICOLAS. MARZO 2020




Promulgación: 11/03/2020
Publicación: 18/03/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Contribuyentes de IRAE por actividades no agropecuarias.- Quienes resulten contribuyentes de IRAE por actividades no agropecuarias podrán acceder al beneficio a que refiere el presente Decreto, siempre que no tributen el referido impuesto por la actividad agropecuaria.

   Asimismo, podrán acceder al régimen previsto en el presente Decreto los contribuyentes a que refiere el segundo inciso del literal d) del artículo 9° del Decreto N° 150/007 de 26 de abril de 2007 y aquellos productores artesanales de quesos comprendidos en el régimen del Monotributo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6 (vigencia).
Ayuda