MODIFICACION DEL ART. 2° DEL DECRETO 379/014 RELATIVO A LA COLOCACION INTERNACIONAL DE TITULOS VALORES




Promulgación: 16/03/2015
Publicación: 20/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 379/014 de 22 de diciembre de 2014 que declara promovida la actividad de colocación internacional de títulos valores desarrollada por entes autónomos y servicios descentralizados.

   RESULTANDO: que la tributación interna correspondiente a las enajenaciones de dichos instrumentos financieros en el mercado internacional, determina incertidumbres en la toma de decisiones de inversión que desestimulan la adquisición de los títulos.

   CONSIDERANDO: I) conveniente ampliar los beneficios fiscales concedidos por la norma referida en el Visto, al amparo de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998.

   II) que se cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Aplicación a que refiere el artículo 12 de dicha Ley.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por las Leyes mencionadas en el Visto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 379/014 de 22/12/2014 
artículo 2.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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