SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES ESTATALES. REFORMA DEL ESTADO




Promulgación: 24/02/2005
Publicación: 04/03/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 497
   VISTO: Lo dispuesto por los Decretos N° 158/002, de 30 de abril de
2002 y 208/002, de 11 de junio de 2002;

   RESULTANDO: que procede realizar algunos ajustes a los decretos de
referencia para su aplicación y cumplimiento por parte de la
Administración;

   CONSIDERANDO: I) que las modificaciones propuestas no implican la
alteración de los objetivos de racionalización y optimización de los
recursos humanos y de reducción del gasto público en lo que respecta a la
contratación de personal;

   II) que, por el contrario, a través de las modificaciones propuestas, 
se profundizará el proceso de transparencia hacia la sociedad, en que
está abocada la Administración Central;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el art. 65
de la ley No. 17.556 de 18 de setiembre de 2002;

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                     actuando en Consejo de Ministros

                                 Decreta:

Artículo 1

 La Oficina de Planeamiento y Presupuesto deberá dar publicidad en el
sitio web que se determine, a la siguiente información mínima respecto a
los cargos y contratos de las Unidades Ejecutoras de los Incisos 02 al 15
del Presupuesto nacional, contenida en el Sistema de Remuneraciones (SR),
creado por el artículo 5° del Decreto N° 289/002, de 30 de julio de 2002:


1. Unidad Ejecutora
2. Escalafón
3. Monto total nominal devengado en el mes correspondiente

El ingreso de dicha información deberá realizarse con periodicidad
trimestral o menor si la Oficina de Planeamiento y Presupuesto lo estima
conveniente, y dentro del trimestre siguiente de producida, coincidiendo
con el envío de la información al mencionado Sistema.

Artículo 2

 Asimismo deberá publicarse en el mismo medio electrónico a que alude el
artículo anterior, la siguiente información mínima, también contenida en
el Sistema de Remuneraciones (SR), creado por el artículo 5° del decreto
289/002, de 30 de julio de 2002:

1. Nombre completo del funcionario
2. Grado y Escalafón que ocupa
3. Unidad Ejecutora a la que pertenece
4. Fecha de ingreso a la Administración Pública

El ingreso de esta información deberá realizarse con la misma
periodicidad que la establecida en el artículo precedente.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

BATLLE - ALEJO FERNANDEZ - DIDIER OPERTTI - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU - JOSE
AMORIN - CARLOS POLLIO - ALEJANDRO FALCO - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO -
CONRADO BONILLA - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - OSCAR BRUM
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