{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "89" 
  ,"anioNorma" : 1989 
  ,"nombreNorma" : "SUSTITUCION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 1988" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1989/07/07/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/03/1989" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/07/1989" 
  ,"vistos" : "  Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al Ejercicio 1988. \r\n\r\n Resultando: I) Que por decreto 729/988 de 25 de octubre de 1988, se aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay, para 1988, el que incluía para las partidas correspondientes a la mano de obra y beneficios sociales, el incremento salarial vigente a marzo de 1988;\r\n\r\n II) Que por decreto 870/988 de fecha 21 de diciembre de 1988, se aprobó la adecuación de las partidas presupuestales de 1988, incluyendo el incremento salarial vigente a partir del mes de julio de 1988;\r\n\r\n III) Que por resoluciones de su Directorio, el Banco Hipotecario del Uruguay autorizó con vigencia 1º de noviembre de 1988 un aumento del 20 % para retribuciones personales en general y para los beneficios sociales que varían con el salario mínimo nacional y del 21 % para los sueldos del Directorio. \r\n\r\n   Considerando: I) Que los incrementos dispuestos por el Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay, se encuentran comprendidos dentro de los lineamientos de la política económica propiciada por el Gobierno;\r\n\r\n II) Que es necesario realizar una modificación presupuestaria que autorice el financiamiento de los mismos;\r\n\r\n III) Que la adecuación solicitada por el Organismo está prevista en el artículo 6º del decreto aprobatorio del Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al Ejercicio 1988, de fecha 25 de octubre de 1988. \r\n\r\n Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la República, \r\n\r\n El Presidente de la República \r\n\r\n                               DECRETA: \r\n\r\n\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/89-1989/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Sustitúyense las partidas del decreto 870/988 de fecha 21 de diciembre de 1988, aprobatorio del Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay para el Ejercicio 1988, de acuerdo con el detalle siguiente:\r\n\r\n                                    N$                  N$ \r\nI - Ingresos                                      194.301:951.900\r\n     1.1 Intereses y comisiones                    10.721:621.250\r\n     Intereses                     10.010:873.400\r\n     Comisiones                       410:743.800\r\n     Gastos operativos                 50:336.250\r\n     Fondos Protección                249:667.800\r\n     1.2 Reajustes                                 163.012:938.900\r\n     Préstamos unifamiliares       66.695:531.250\r\n     Promotores privados           12.012:242.700\r\n     Sociedades Civiles            12.582:049.050\r\n     Cooperativas                  20.529:136.200\r\n     Sistema Público y Const.\r\n     Inmob. venta                  51.193:979.700   \r\n     1.3 Otros ingresos                             20.567:391.750\r\n     Intereses por mora            16.296:864.300\r\n     Varios                         4.270:527.450\r\n\r\n     II - Presupuesto Operativo \r\n\r\n     Recursos Humanos               4.561:892.982\r\n\r\nRubro        Denominación                 N$                N$ \r\n\r\n0          Retribuc. Serv. Person.     1.983:268.652   2.804:779.248\r\n011311     Sueldos básic. car. perman.    18:082.378\r\n            Sueldos Directorio\r\n011315     Diferencia por subrogación      2:625.723\r\n011316     Prima por antig. presup.      202:818.720\r\n019        Sueldo anual compl. presup.\r\n           y contrat                     198:219.927\r\n021321     Sueldo básic. pers. contrat    68:972.460\r\n021326     Prima por antig. contrat.       2:689.989\r\n050        Honorarios                     42:804.000\r\n061301     Horas extras                  114:654.387\r\n061302     Cambio de resid. habitual       4:099.895\r\n\r\n Rubro     Denominación                  N$                 N$\r\n\r\n061303  Prima a la eficiencia         31:618.243\r\n061305  Trabajo nocturno               4:479.244\r\n061308  Redistrib. funcionarios  \r\n        cargos permanentes               791.647 \r\n062301  Gastos de representación       2:162.078\r\n073     Suplencias en general            447.926\r\n077     Quebranto de caja              45:826.992\r\n079.1   Tareas especializadas          56:170.641\r\n081     Incremento vig. 1/9/83          2:649.600\r\n091     Retrib. ejer. anteriores        1:000.008\r\n092     Retrib. aplic. Ley 15.783      21:396.738\r\n1       Cargas legales sobre serv. pers.              889:357.663\r\n111     Aprt. pat. al sist. seg. soc.  814:332.055\r\n123     Aporte al F.N.V.                31:176.623\r\n131     Imp. sobre retribuciones        35:999.414\r\n191     aport. patron. al sist. seg.\r\n        soc. accidentes de trabajo       7:849.571\r\n7       Subsidios y otras transf.                     867:756.071\r\n7.50    Prest. por alimentación        388:391.679\r\n7.51    Prima por matrimonio               684.395\r\n7.52    Hogar constituido               78:248.072\r\n7.53    Prima por nacimiento               684.395\r\n7.54    Prestaciones por hijo           37:460.992\r\n7.58    Prestaciones por salud         352:656.196\r\n7.59    Otros                            9:630.342\r\n\r\n\r\nOtros gastos operativos                            3.208:668.800\r\n\r\nRubro             Denominación           N$           N$\r\n\r\n//Información   Materiales y Suminist.               617:420.000\r\nilegible en el\r\noriginal// \r\n//Información   Servicios no personales            1.259:540.000\r\nilegible en el \r\noriginal// \r\n//Información   Subsidios y otras transf.          1.277:800.000\r\nilegible en el \r\noriginal//\r\n//Información   Transf. a inst. depy\r\nilegible en el   culturales              2:800.000\r\noriginal//\r\n//Información   Otras prestaciones      15:000.000\r\nilegible en el \r\noriginal// \r\n//Información   Becarios---\r\nilegible en el \r\noriginal//\r\n//Información   Tributos nacionales  1.200:000.000\r\nilegible en el \r\noriginal//\r\n//Información   Tributos municipales    60:000.000\r\nilegible en el \r\noriginal//  \r\n                Asignaciones globales                    53:908.800\r\n\r\n\r\n    III - Operaciones Financieras\r\n\r\nRubro        Denominación          N$                 N$\r\n          \r\n            Serv. deuda y ant.    69.649:000.000     69.649:000.000\r\n\r\n     IV - Presupuesto de Inversiones                    676:244.300\r\n      \r\n\r\n\r\nRubro        Denominación                   N$ \r\n            \r\n             Maq. equipos y mobil.\r\n             nuevos                      238:497.000 \r\n             Tierras, edif. y otros act.\r\n             preexist.                   231:250.000\r\n             Construc. mejoras y rep.\r\n             extraord.                   206:497.300\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Comisión Permanente. " 
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 ,"textoArticulo" : "    Pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc. " 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI " 
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