MODIFICACION DE LOS ARANCELES DE IMPORTACION Y EXPORTACION. NOMENCLATURA ARANCELARIA




Promulgación: 20/11/1975
Publicación: 27/11/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1390
                           AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Visto: estos antecedentes venidos de la Dirección Nacional de Aduanas en
los que la Junta de Aranceles da cuenta que debido a la puesta en vigencia
de los nuevos Aranceles de Aduanas, corresponde ajustar la redacción del
decreto 453/975 de 5 de junio de 1975 por el cal se aprobó la corrección a
la mantención del aforo de los "Jaboncillos para sastres" a los efectos de
adecuarlo al Código de los mencionados nuevos Aranceles.

Considerando: que corresponde realizar la modificación que se propone.

Atento: a lo propuesto por la Junta de Aranceles de la Dirección Nacional
de Aduanas y a lo establecido por la ley 13.032 de 7 de diciembre de 1961,
artículo 170º; al artículo 30º, inciso a) del decreto 416/964 de 15 de
octubre de 1964, al decreto 769/971 de 25 de noviembre de 1971, a lo
informado por la Dirección Nacional de Aduanas y las Asesorías Económico -
Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 453/975 de 05/06/1975 
artículo 1.

BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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